La Ley Antievasión, de reciente marcha, estipula que los bancos deberán informar al SII sobre contribuyentes con un número determinado de transferencias. Este titular dio pie a desinformación y dudas razonables sobre quién podría ser investigado por la autoridad tributaria. Sala de Prensa esclarecerá esas dudas.
La Ley de Cumplimiento Tributario, también denominada antievasión, se enfoca en normar y verificar el pago concreto de impuestos. En ella, se indica que las entidades bancarias tendrán que informar sobre los contribuyentes que reciban transferencias de 50 personas distintas en un día, semana o mes, o 100 en un semestre. Además, se revisará el monto de las operaciones. El primer reporte, a realizarse semestralmente, será realizado en 2025 bajo los datos de la segunda mitad de 2024.
Carolina Saravia, subdirectora de Fiscalización del SII, comentó que “lo que busca la norma es poder detectar a aquellos contribuyentes que están actuando en la informalidad y que no están pagando los impuestos que corresponden”. En el último tiempo, junto con la explosión del comercio informal, un número no menor de negocios no dan o niegan la boleta tras transacciones.
[CONTROL IVA]: Recuerda que todo pago que recibas por transferencia electrónica (o efectivo) requiere la emisión de la boleta electrónica respectiva
¡No te expongas! pic.twitter.com/tkmMrhQtDV— SII (@SII_Chile) October 23, 2024
¿A quién fiscalizará el SII y cómo puedo regularizarme si no lo he hecho?
“Si alguien realiza un negocio a través de redes sociales, pero no tiene inicio de actividades, será sujeto de la fiscalización“. Esto, con el fin de incentivar la emisión de boletas y formalización laboral, aclaró la subdirectora. El Servicio valora que “quienes realizan una actividad que genera ingresos, cumplan con la normativa vigente”.
Sin embargo, y disipando los rumores, esta iniciativa NO está orientada a quienes no sean comerciantes. Por ejemplo, un tesorero de un colegio o un organizador de actividades sociales y familiares, están exentos de la revisión.
Si no he regularizado mi situación tributaria, se puede realizar el Inicio de Actividades en cualquier sucursal del SII. Igualmente, los datos pueden rellenarse desde su página web siguiendo los pasos.