El 11 de abril del año pasado el Gobierno presentó al Congreso el proyecto de ley de Reglas del Uso de la Fuerza o RUF.
El objetivo era “dar certezas a la ciudadanía, a las policías, a las fiscalías y a los jueces en el ejercicio de la persecución penal”, así se puede leer en la noticia que publicó la página del Ministerio del Interior y Seguridad Pública.
La experiencia de los uniformados durante el Estallido Social no fue buena. Se estima en cerca de 160 funcionarios públicos entre Carabineros y militares fueron perseguidos penalmente por vulneración de derechos o por excesos en el uso de la fuerza. De estos casos 150 son integrantes de Carabineros y el caso mas connotado fue la condena a 12 años de presidio Patricio Maturana, ex-carabinero por disparar y dejar ciega a Fabiola Campillai.
Tras el final del Estallido vienen los dos años de Estado de Excepción Constitucional al sur del Biobío y los reiterados mensajes que han dado las Fuerzas Armadas en términos de que no están cómodos y no solo eso habría temor en las filas para actuar para no verse involucrado en temas judiciales.
Principios del proyecto de ley de Reglas del Uso de la Fuerza
El proyecto presentado por el Gobierno daría respaldo legal a los protocolos de acción de los uniformados.
En torno a los principios de la iniciativa el Gobierno ha dicho que “el proyecto establece que el personal de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública deberá guiar su actuación por los principios de legalidad, necesidad, proporcionalidad, responsabilidad y racionalidad en el uso de la fuerza. También incorpora deberes, grados de resistencia o agresión y etapas.
Discusión en el Congreso sobre las RUF
La idea es que las RUF complementen la denominado Ley Nain Retamal publicada el 6 de abril de 2023 que modificó varios textos legales para fortalecer y proteger el ejercicio de la función policial y de Gendarmería de Chile.
Este proyecto buscaría, “tomar los actuales estándares del uso de la fuerza ya existentes en nuestro país, actualizarlos e incorporar las recomendaciones de organismos internacionales como la ONU, elevando el rango normativo a nivel legal. La nueva regulación complementaría el Código Penal y las normas de la Justicia Militar, incorporando protocolos específicos que hasta ahora eran emitidos por Carabineros solo a través de circulares.
Tras el asesinato de los 3 Carabineros al sur de Cañete volvió la urgencia al Congreso por legislar sobre las RUF. De hecho tras la petición del ejecutivo volvió el denominado fastrack legislativo -que no es otra cosa que aceleramiento de la discusión parlamentaria- de una serie de proyectos como el del nuevo Ministerio de Seguridad, la ley de Inteligencia Financiera o el proyecto de Ley Antiterrorista que este martes fue aprobado en la cámara y pasa al Senado.
Esta semana se unieron las comisiones de Seguridad y de Constitución para discutir las RUF. La idea original era votar hasta total despacho, sin embargo no se consiguió la unanimidad necesaria y por lo tanto si bien es cierto este martes analizaron el tema hasta las 12 de la noche no se pudo lograr el final de la tarea y por lo tanto este jueves continua la discusión.
Debate: No es lo mismo una cachetada contra un Carabinero que actuar en medio de una balacera de una banda criminal
En la discusión de la comisión se aprobó el Deber de Identificación de las Fuerza de Orden y Seguridad antes de recurrir al uso de la Fuerza. Esto quiere decir que el uniformado se debe identificar a través de la exposición del uniforme institucional con el distintivo, con la placa, con el vehículo con las características que lo distingan o a través de cualquier otro medio idóneo. Todo esto siempre que no se cree un riesgo de muerte o lesiones graves para él o para terceros.
Se analizó con detalles el nivel de peligrosidad de la situación y la proporcionalidad; “no es lo mismo que a un carabinero le peguen una cachetada que se enfrente a una banda criminal en medio de una balacera” argumentó el Ministro Secretario General de la Presidencia Álvaro Elizalde.
También se aprobó el “deber de advertencia”. “Siempre que la circunstancia operativa lo permita y que con ello no se cree un riesgo para la integridad física de su persona o la de terceros, en caso de que sea necesario utilizar armamento, el uniformado dará una señal verbal o corporal de su intención de utilizarlo”.
En torno al deber de gradualidad o progresión se estableció que puede iniciarse en cualquier nivel que sea “racionalmente necesario” y puede crecer o disminuir según la circunstancia (nivel de peligrosidad, grados de resistencia o agresión. Se estableció que la aplicación de la fuerza no implica necesaria e inevitablemente una escalada lineal y ascendente del uso de la fuerza.
El último inciso aprobado de la noche fue el deber de reducir al mínimo daños y lesiones. Se ha determinado que, en el marco del Uso de la Fuerza, se deben tomar las medidas necesarias para resguardar la vida e integridad física de terceras personas.
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