Finalmente y tras varios meses de redacción la Corte Suprema ha resuelto rechazar la salida de la fiscal Regional del Biobío Marcela Cartagena del Ministerio Público.
El máximo tribunal del país había dejado esta causa en acuerdo el 8 de mayo del 2023 tras la petición de 16 parlamentarios quienes se hicieron eco de la molestia de familiares de casos emblemáticos en el Biobío donde la Fiscalía habría cometido serios errores y que motivaron esta petición por la causal de negligencia manifiesta en el ejercicio de sus funciones.
Fallo: Hubo algunos problemas, pero no negligencia manifiesta
El fallo es extenso y se hace cargo de cada una de las acusaciones que fueron esgrimidas por los parlamentarios.
En general según se explicita en las fojas de la resolución los argumentos de la parte acusatoria “no permiten demostrar una conducta manifiestamente negligente de Cartagena”, aunque si reconoce algunos errores en el actuar del Ministerio Público.
En una de las fojas del proceso se señala: “En el caso Sergio Mardoff se aprecia que si bien la requerida asumió el cargo de Fiscal Regional el 2 de agosto de 2018, esto es, poco antes de la identificación de los restos óseos que se hallaban desde hace 3 años en el Servicio Médico Legal, no puede desatenderse que de esta anómala situación el Ministerio Público se enteró a través de la familia de la víctima y no por medio del conducto interno. Y aun cuando la defensa esgrime a su favor el inicio de una investigación disciplinaria al interior del Ministerio público, tal sumario concluyó en sobreseimiento y, por lo mismo, sin determinar responsabilidades” se puede leer en el documento emanado del máximo tribunal del país.
“Esta Corte ha considerado -se esgrime en otro apartado- que de acuerdo con la historia fidedigna del establecimiento de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, la medida de remoción sólo resulta aplicable “para aquellos casos en que las causales sean gravísimas” y tratándose de faltas de menor gravedad, aunque también fueren manifiestas, “la reparación debe buscarse por la vía administrativa o de derecho común, haciendo efectivas las responsabilidades civiles y penales nacidas de actos u omisiones atribuibles a dolo o negligencia” (Informe de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia de la H. Cámara de Diputados sobre Proyecto de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público, miércoles 14 de octubre de 1998).
Por todo lo anterior y otra serie de argumentos se desechó entonces la salida de la Fiscal Regional del Biobío.
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